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Aclarado: Farmacéuticas sancionadas por la SFP no causaron daño patrimonial


Laboratorios Solfrán S.A. y Lomedic S.A. de C.V. fueron sancionadas la semana pasada por la Secretaría de la Función Pública (SFP) por “falsear información al participar en contrataciones públicas”; sin embargo, ninguna institución ha determinado que las farmacéuticas incurrieron en perjuicio patrimonial contra el Estado, por lo que la dependencia federal pudo abstenerse de investigar a las empresas. De acuerdo con el artículo 62 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, la SFP “podrá abstenerse de iniciar los procedimientos previstos en ella (en la ley), cuando de las investigaciones o revisiones practicadas se advierta que el acto u omisión no es grave, o no implica la probable comisión de algún delito o perjuicio patrimonial a la dependencia o entidad”. El procedimiento federal establece que la dependencia debió acudir a la Unidad Normativa de Contrataciones para recibir asesoría sobre si era pertinente abrir las investigaciones contra las farmacéuticas, lo cual no se ha dado a conocer por parte de la SFP. De acuerdo con información proporcionada a este medio, Carlos Lomelí, el exdelegado federal en Jalisco y exdiputado federal de Morena, no es socio de ninguna de las dos farmacéuticas, como se difundió mediáticamente luego de la sanción a las firmas. La dependencia a cargo de la SFP precisó en un comunicado que “las dos empresas manifestaron que no contaban con ningún integrante que fuera servidor público, cuando en realidad una persona que en ese momento era diputado federal era integrante de las mismas”; no obstante, Lomelí dejó sus acciones en Lomedic en el año 2012 y, de acuerdo con el acta constitutiva, el jalisciense no es socio de Laboratorios Solfrán. Carlos Lomelí fue diputado federal por representación proporcional en 2015, tres años después de dejar sus acciones en Lomedic. De acuerdo con el artículo 87 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, “la sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones”.

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